¿Qué debo hacer si presento inconvenientes tecnológicos en mi empresa a la hora de expedir mi factura electrónica?
En caso de que el facturador electrónico o el proveedor tecnológico que utilices presente inconvenientes tecnológicos, debes seguir estos pasos:
Previamente se debe haber solicitado la autorización de numeración de la factura de venta de talonario o de papel.
La factura de venta de talonario o papel debe cumplir los requisitos del Artículo 617 del Estatuto Tributario.
En caso de contingencia se permite la expedición de la factura de talonario o papel como soporte fiscal para tu cliente y para el obligado a facturar.
Superada la contingencia, se deben transmitir las facturas de talonario o papel a la DIAN, en las 48 horas siguientes de haber superado la contingencia, marcando la factura como Tipo 03 y relacionando los consecutivos de papel o computador que fueron emitidos.